Micelio

decreto 1049 de 1950

3 artículos · lectura continua

Artículo 1Autorizase Al Gobernador De Cundinamarca Y Al Alcalde Municipal De Bogotá Para Celebrar Un Arreglo En Relación Con La Deuda Existente A Favor De Esta Última Entidad, Y Que Proviene De Las Participaciones Municipales A Que Tiene Derecho Al Municipio De Bogotá Por La Vigencia Fiscal De 1949, Arreglo O Convenio Contenido En El Acta Que Se Inserta A Continuación: "acta "por La Cual Se Arreglan, Entre El Municipio De Bogotá Y La Gobernación De Cundinamarca, Las Participaciones Municipales En Las Rentas Departamentales Para El Año De 1949 "siendo Las 11 Y Media De La Mañana Del Día Siete De Febrero De Mil Novecientos Cincuenta, Se Reunieron En El Despacho Del Gobernador De Cundinamarca El Doctor Jorge Leyva, Gobernador Del Departamento; Doctor Bernardo Uribe Holguín, Secretario De Hacienda Del Departamento; El Doctor Santiago Trujillo Gómez, Alcalde Mayor De Bogotá; El Doctor Miguel Torres Arroyo, Secretario De Hacienda Municipal, Y El Doctor Gonzalo Villegas Hoyos, Tesorero Departamental, Con El Fin De Arreglar La Deuda Que Tiene El Departamento Con El Municipio De Bogotá Por Concepto De Las Participaciones Del Municipio En Las Rentas Departamentales, Según Disposiciones Legales Vigentes

° Autorizase al Gobernador de Cundinamarca y al Alcalde Municipal de Bogotá para celebrar un arreglo en relación con la deuda existente a favor de esta última entidad, y que proviene de las participaciones municipales a que tiene derecho al Municipio de Bogotá por la vigencia fiscal de 1949, arreglo o convenio contenido en el acta que se inserta a continuación: "ACTA "por la cual se arreglan, entre el Municipio de Bogotá y la Gobernación de Cundinamarca, las participaciones municipales en las rentas departamentales para el año de 1949 "Siendo las 11 y media de la mañana del día siete de febrero de mil novecientos cincuenta, se reunieron en el despacho del Gobernador de Cundinamarca el doctor Jorge Leyva, Gobernador del Departamento; doctor Bernardo Uribe Holguín, Secretario de Hacienda del Departamento; el doctor Santiago Trujillo Gómez, Alcalde Mayor de Bogotá; el doctor Miguel Torres Arroyo, Secretario de Hacienda Municipal, y el doctor Gonzalo Villegas Hoyos, Tesorero Departamental, con el fin de arreglar la deuda que tiene el Departamento con el Municipio de Bogotá por concepto de las participaciones del Municipio en las rentas departamentales, según disposiciones legales vigentes. Después de estudiar cuidadosamente la situación fiscal del Departamento y sus posibilidades de pago al Municipio, y considerando que en el año de 1949 las participaciones municipales en las rentas departamentales ascendieron a $4.178.370.19, según dato originario de la Administración de Rentas Departamentales, de los cuales se pagaron al Municipio únicamente $409.942.48, se llegó al siguiente arreglo en relación con el saldo de $3.768.427.71, que estaba pendiente de pago al Municipio de Bogotá: "El Departamento se compromete a entregar en efectivo en el momento de firmar este convenio, a más tardar dos (2) días después de suscrito, al señor Tesorero Municipal, la cantidad de $1.884.213.85, o sea el 50% del saldo de la deuda que por participaciones en las rentas departamentales tiene el Departamento con el Municipio de Bogotá. "Además se compromete a entregar, en el momento de firmar este convenio, la suma de $125.000.00 nominales en bonos de deuda interna del Departamento de Cundinamarca, emisión de 1946, con el 6% de interés, con cupones trimestrales y con vencimiento para el 1° de diciembre de 1956. "Con el pago de estas sumas, el Departamento de Cundinamarca y el Municipio de Bogotá, se declaran a paz y salvo en lo que se refiere a las participaciones municipales en las rentas departamentales durante el año de 1949. "En constancia de lo anterior, se firma este convenio, habiendo sido levantada la sesión a la 1 p.m. "(Fdo.) , Jorge Leyva , Gobernador de Cundinamarca. (Fdo.) , Santiago Trujillo Gómez , Alcalde Mayor de Bogotá. (Fdo.) , Bernardo Uribe Holguín , Secretario de Hacienda Departamental-(Fdo.), Miguel Torres Arroyo , Secretario de Hacienda Municipal- Gonzalo Villegas Hoyos , Tesorero Departamental."

Artículo 2Quedan Suspendidas Las Disposiciones Legales Que Sean Incompatibles Con Este Decreto

° Quedan suspendidas las disposiciones legales que sean incompatibles con este Decreto.

Artículo 3Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Ministerio de Gobierno
El Ministro de Justicia
El Ministro de Agricultura y Ganadería, encargado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Comercio e Industrias
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nación
El Ministro de Correos y Telégrafos
El Ministro de Obras Públicas