Considerando · 2 motivos
Que atendiendo a la invitación del Gobierno Boliviano, el Presidente de Colombia asistirá a la posesión del Primer mandatario de esa nación, doctor Hernán Siles Zuazo;
Que por tal motivo estará ausente del territorio nacional los días 10 de octubre de 1982 y 11 del mismo mes y año en las horas de la mañana inclusive;
Artículo 1º
º. Mientras dure la ausencia del Presidente de la República de Colombia por razón de su viaje a la nación bolivariana, delegase en el Ministro de Relaciones Exteriores, DOCTOR Rodrigo Lloreda Caicedo, las funciones presidenciales correspondientes a los asuntos de que tratan los numerales 5º y 6º del artículo 118, y 2º, 3º, 6º y 7: del artículo 120 de la Constitución Política.
Artículo 2º
º . Este Decreto rige desde su expedición Comuníquese y cúmplase.