Micelio

decreto 1885 de 1963

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Artículo 1

De la partida apropiada en el Capítulo 1212, artículo 12276 del Presupuesto actual, destínase la suma de quince mil pesos ($ 15.000.00) moneda corriente, como aporte del Gobierno Nacional a los gastos que demandó la celebración del Festival Folciórico de Ibagué.

Parágrafo

La suma de que trata el articulo anterior se girará al Tesorero del Comité Organizador del Festival Folclórico, previo el cumplimiento de los requisitos legales exigidos por la Contraloría General de la República.

Artículo 12276Del Presupuesto Actual, Destínase La Suma De Quince Mil Pesos ($ 15

Artículo único. De la partida apropiada en el Capítulo 1212, artículo 12276 del Presupuesto actual, destínase la suma de quince mil pesos ($ 15.000.00) moneda corriente, como aporte del Gobierno Nacional a los gastos que demandó la celebración del Festival Folciórico de Ibagué.

Parágrafo

La suma de que trata el articulo anterior se girará al Tesorero del Comité Organizador del Festival Folclórico, previo el cumplimiento de los requisitos legales exigidos por la Contraloría General de la República. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional