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decreto 454 de 1956

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Artículo 1

Adiciónase el artículo 4º del Decreto legislativo número 2793 de 1955, en el sentido de incluir dentro de la deuda pública interna que debe ser cancelada con el producto de la venta de los Bonos Nacionales Consolidados del 5% anual, los pagarés emitidos a favor de la Empresa Colombiana de Aeródromos, en virtud de las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por el Decreto legislativo número 2386 de 1955. los cuáles serán pagados al endosatario, Aerovías Nacionales de Colombia S. A. (Avianca), sin que tenga que.suscribir Bonos Consolidados, por no hallarse dicha empresa dentro de las entidades a que se refiere el artículo 11 del Decreto número 2793 de 1955.

Artículo 4Del Decreto Legislativo Número 2793 De 1955, En El Sentido De Incluir Dentro De La Deuda Pública Interna Que Debe Ser Cancelada Con El Producto De La Venta De Los Bonos Nacionales Consolidados Del 5% Anual, Los Pagarés Emitidos A Favor De La Empresa Colombiana De Aeródromos, En Virtud De Las Autorizaciones Conferidas Al Gobierno Nacional Por El Decreto Legislativo Número 2386 De 1955

Artículo primero. Adiciónase el artículo 4º del Decreto legislativo número 2793 de 1955, en el sentido de incluir dentro de la deuda pública interna que debe ser cancelada con el producto de la venta de los Bonos Nacionales Consolidados del 5% anual, los pagarés emitidos a favor de la Empresa Colombiana de Aeródromos, en virtud de las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por el Decreto legislativo número 2386 de 1955. los cuáles serán pagados al endosatario, Aerovías Nacionales de Colombia S. A. (Avianca), sin que tenga que .suscribir Bonos Consolidados, por no hallarse dicha empresa dentro de las entidades a que se refiere el artículo 11 del Decreto número 2793 de 1955.

Artículo 2

Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha, y suspende las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese, publíquese, y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas, encargado