Micelio

decreto 1368 de 1977

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y Defensa Nacional, por medie» de las Resoluciones números 4437 y 2034, respectivamente, declararon sobrantes las sumas de $ 600.000.00 y $ 13,000.000.00 en el presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1977 con el objeto de que sean trasladados para incrementar otras apropiaciones de su mismo presupuesto

Considerando · 3 motivos

Que los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y Defensa Nacional, por medie» de las Resoluciones números 4437 y 2034, respectivamente, declararon sobrantes las sumas de $ 600.000.00 y $ 13,000.000.00 en el presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1977 con el objeto de que sean trasladados para incrementar otras apropiaciones de su mismo presupuesto;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto-ley 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió los Certificados de reserva y disponibilidad números 31 por $ 600.000.00 y 33 por $ 13.000.000.00 del presente año, para amparar los traslados presupuéstales de que trata este Decreto, y;

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios.

Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1977: Contracréditos Presupuesto De Funcionamiento

° Hácense los siguientes traslados en el presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1977: Contracréditos Presupuesto de funcionamiento. MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Capítulo 7 DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Gastos generales. Claves: 112-40-12 Artículo 1421 Materiales y suministros S 600.000 Presupueste de inversión. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Capítulo 8. COMANDO GENERAL ARMADA NACIONAL Recursos ordinarios Claves: 31-133 Artículo 5755. Construcción cuarteles y otras instalaciones 13.00:0.000 Proyectos. 5 Edificio de cadetes Escuela Naval, Cartagena 2.000.000 6 Batallón de Infantería, Marina Nacional, Cartagena 3.50.000 9 Apostadero Naval, Tumaco 2.000.000 12 Adecuación instalaciones Infantería de Marina, Puerto Carreño 1.500.000 13 Instalaciones navales, Bahía Solano 2.000.000 16 Inversión muelle Base Naval Coveñas 2.000.000 Suman los contracréditos.$ $ 13,60:0.000 Créditos Presupuesto de funcionamiento. MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Capítulo 4. DIRECCION GENERAL DEL PRESUPUESTO Servicios personales. Claves: 112 16 11 Artículo 1412. Indemnización por vacaciones $ 600.000 Presupuesto de inversión. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Capítulo 8. COMANDO GENERAL ARMADA NACIONAL Recursos ordinarios. Claves: 31 332 Artículo 5755 Construcción de cuarteles y otras instalaciones 13.000.000 Proyecto. 3 Construcción Hospital Naval, Cartagena 13.000.000 Suman los créditos $ 13.600.000

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

Articulo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público