Artículo 1
° . Destínase la suma de doscientos mil pesos (S 200.000) moneda corriente, para la compra de acciones de la Cooperativa Integral de Pescadores de Bahía Solano, como aporte del Departamento del. Chocó.
Artículo 2
° . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República