en uso de las facultades que le confiere el artículo 4º del Decreto 1790 de 2000
Artículo 1La Planta De Oficiales Y Suboficiales De Las Fuerzas Militares Para La Vigencia De 2000 Queda Constituida De La Siguiente Manera: Grado Asignación Mensual 01 290
º. La planta de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares para la vigencia de 2000 queda constituida de la siguiente manera: Grado Asignación mensual 01 290.794 02 339.768 03 404.711 04 478.812 05 560.640 06 653.900 07 733.637 08 822.521 09 891.517 10 993.547 11 1.059.793 12 1.168.992 13 1.277.157 14 1.359.195 15 1.386.512 16 1.546.375 17 1.809.435 18 2.043.862 19 2.270.958 20 2.520.762 21 2.735.327 22 3.039.251 23 3.432.291 24 3.891.585 25 4.468.255
Artículo 2Con El Propósito De Hacer Viable La Ejecución De Las Plantas De Personal Propuestas, Desde El Punto De Vista Presupuestal, Los Movimientos De Personal Deberán Hacerse En Forma Gradual, En Las Fechas Previstas En El Decreto Número 1790 De 2000, Consultando Estrictamente Las Necesidades De Efectivos Para El Cabal Cumplimiento De Las Funciones Asignadas A La Institución
º. Con el propósito de hacer viable la ejecución de las plantas de personal propuestas, desde el punto de vista presupuestal, los movimientos de personal deberán hacerse en forma gradual, en las fechas previstas en el Decreto número 1790 de 2000, consultando estrictamente las necesidades de efectivos para el cabal cumplimiento de las funciones asignadas a la Institución.
Artículo 3
º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto número 2292 de 2000 y todas las disposiciones que le sean contrarias.