Micelio

decreto 2105 de 1982

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que en el sector Santuario Puerto Triunfo, de la carretera Medellín - Bogotá, se ha terminado la construcción del puente sobre el río Samaná

Considerando · 3 motivos

Que en el sector Santuario Puerto Triunfo, de la carretera Medellín - Bogotá, se ha terminado la construcción del puente sobre el río Samaná;

Que el Almirante Rubén Piedrahita Arango fue un distinguido profesional de la ingeniería, Ministro de Obras Públicas y Miembro de la Junta Militar de Gobierno, y trabajó en la construcción de obras para el progreso del país;

Que debe perpetuarse la memoria de tan distinguido colombiano;

Artículo 1

º . El puente sobre el río Samaná, en el sector Santuario - Puerto Triunfo, de la. Carretera Medellín - Bogotá, se denominará "Puente Almirante Rubén Piedrahita Arango".

Artículo 2

º . Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, y
El Ministro de Obras Públicas y Transporte