Artículo 1
Artículo primero. Apruébanse los siguientes traslados de apropiaciones en el Presupuesto de gastos del Instituto Colombiano Agropecuario "ICA", hechos, mediante los Acuerdos números 0018, 0019, 0020, 0021, 0022, 0023 y 0024 del 31 de julio de 1972 expedidos por la Junta Directiva: AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL N 33717 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 6.
Artículo 2
Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Agricultura