en uso de sus facultades legales
Artículo 1
De la partida de $ 1.000.000.00 apropiada en el Capítulo 527, artículo 5293, ordinal 22 del Presupuesto vigente "Para conservación de las carreteras del Plan Vial, según distribución que hará, el Gobierno Nacional por decreto separado", hácese la siguiente distribución:
Artículo 5293, Ordinal 22 Del Presupuesto Vigente "para Conservación De Las Carreteras Del Plan Vial, Según Distribución Que Hará, El Gobierno Nacional Por Decreto Separado", Hácese La Siguiente Distribución: Capítulo 527, Artículo 5293, Ordinal 22) Parágrafo 13 Para La Carretera Chinú-Lorica $ 50
Artículo único . De la partida de $ 1.000.000.00 apropiada en el Capítulo 527, artículo 5293, ordinal 22 del Presupuesto vigente "Para conservación de las carreteras del Plan Vial, según distribución que hará, el Gobierno Nacional por decreto separado", hácese la siguiente distribución: Capítulo 527, artículo 5293, ordinal 22)
para la carretera Chinú-Lorica $ 50.000.00
Para la carretera Honda-Dorada 10.000.00 Comuníquese y publíquese