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decreto 1228 de 1982

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las que le confieren el artículo 21 del. Decreto-ley 130 de 1976 y el artículo 29 del Decreto-ley 1050 de 1968

Artículo 1

º . Autorízase a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, TELECOM, para constituir una empresa industrial y comercial del Estado, en asocio de las Empresas Públicas de Armenia (Quindío).

Artículo 2

º . La Empresa que se constituya tendrá como objeto la prestación del servicio de telefonía local en la ciudad de Armenia y demás lugares del Departamento del Quindío que ella determine. La nueva entidad se regirá por las disposiciones legales que regulan la organización, estructura y funcionamiento de las empresas industriales y comerciales del Estado y por los estatutos que adopte la Junta Directiva y apruebe el Gobierno Nacional.

Artículo 3La Empresa Industrial Y Comercial Se Denominará Empresa De Telecomunicaciones De Armenia, Podrá Utilizar La Sigla, Telearmenia, Pertenecerá Al Orden Nacional Y Estará Vincualda Al Ministerio De Comunicaciones

º. La empresa industrial y comercial se denominará Empresa de Telecomunicaciones de Armenia, podrá utilizar la sigla, TELEARMENIA, pertenecerá al orden nacional y estará vincualda al Ministerio de Comunicaciones.

Artículo 4

º . La vigilancia fiscal de la empresa, está a cargo de la Contraloría General de la República.

Artículo 5

º . Este Decreto rige a partir de su expedición, deroga el Decreto número 1019 del 15 de abril de 1982. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las que le confieren el artículo 21 del. Decreto-ley 130 de 1976 y el artículo 29 del Decreto-ley 1050 de 1968
El Ministro de Comunicaciones