en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 5º del Acto Legislativo número 1 de 1977, y CONSIDERANDO: Que con motivo de la posesión del Presidente electo de la República de Costa Rica, doctor Luis Alberto Monge Alvarez, el Presidente de la República viajará a San José de Costa Rica, durante los días 7, 8 y 9 de mayo del presente año, para atender la invitación oficial que le ha sido formulada
Considerando · 2 motivos
Que con motivo de la posesión del Presidente electo de la República de Costa Rica, doctor Luis Alberto Monge Alvarez, el Presidente de la República viajará a San José de Costa Rica, durante los días 7, 8 y 9 de mayo del presente año, para atender la invitación oficial que le ha sido formulada;
Que el Jefe del Estado ha dado el correspondiente aviso constitucional a la honorable Corte Suprema de Justicia.
Artículo 1
º . Mientras dure la ausencia del Presidente de la República por razón de su viaje a la República de Costa Rica, delégase en el Ministro de Gobierno, Dr. Jorge Mario Eastman, las funciones presidenciales correspondientes a los asuntos de que tratan los ordinales 2º, 3º, 6º, 7º y 13 del artículo 120 de la Constitución Política.
Artículo 2
º . Este decreto rige desde su exposición. Comuníquese y cúmplase.