en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que las Naciones Unidas han desplegado incesantes esfuerzos para cumplir con las obligaciones que les impone la Carta respecto a los territorios en fideicomiso y no autónomos
Considerando · 3 motivos
Que las Naciones Unidas han desplegado incesantes esfuerzos para cumplir con las obligaciones que les impone la Carta respecto a los territorios en fideicomiso y no autónomos;
Que la Administración Postal de las Naciones Unidas emitirá el 17 de marzo de 1967, un sello conmemorativo de la independencia de los territorios antes en fideicomiso y dependientes;
Que el Gobierno de Colombia, al igual que otros Estados Miembros de la Organización, desea asociarse a la conmemoración de tan importante acontecimiento;
Artículo 1
Artículo único. Proclámase el 17 de marzo de 1967 "Día del Sello de las Naciones Unidas", en conmemoración de la independencia de los actuales Estados Miembros que anteriormente fueron territorios en fideicomiso o territorios dependientes. Comuníquese y publíquese.