Micelio

decreto 443 de 1967

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que las Naciones Unidas han desplegado incesantes esfuerzos para cumplir con las obligaciones que les impone la Carta respecto a los territorios en fideicomiso y no autónomos

Considerando · 3 motivos

Que las Naciones Unidas han desplegado incesantes esfuerzos para cumplir con las obligaciones que les impone la Carta respecto a los territorios en fideicomiso y no autónomos;

Que la Administración Postal de las Naciones Unidas emitirá el 17 de marzo de 1967, un sello conmemorativo de la independencia de los territorios antes en fideicomiso y dependientes;

Que el Gobierno de Colombia, al igual que otros Estados Miembros de la Organización, desea asociarse a la conmemoración de tan importante acontecimiento;

Artículo 1

Artículo único. Proclámase el 17 de marzo de 1967 "Día del Sello de las Naciones Unidas", en conmemoración de la independencia de los actuales Estados Miembros que anteriormente fueron territorios en fideicomiso o territorios dependientes. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Comunicaciones