en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Educación Nacional presentó los estudios de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública
Considerando · 2 motivos
Que el Ministerio de Educación Nacional presentó los estudios de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública;
Que la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó el certificado de viabilidad presupuestal mediante Oficio número 2037 del 3 de mayo de 2000;
Artículo 1
º . Suprímense los siguientes empleos de la planta de personal como resultado del estudio técnico realizado por el Ministerio de Educación Nacional, así: No. Cargos Denominación del empleo Código Grado Despacho del Ministro Uno (1) Auxiliar Administrativo 5120 17 Despacho del Viceministro de Formación Básica Uno (1) Viceministro 0020 Uno (1) Asesor 1020 12 Uno (1) Asesor 1020 08 Dos (2) Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro 5240 25 Uno (1) Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro 5240 23 Uno (1) Auxiliar Administrativo 5120 17 Despacho del Viceministro de la Juventud Uno (1) Viceministro 0020 Dos (2) Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro 5240 25 Uno (1) Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro 5240 23 Dos (2) Auxiliar Administrativo 5120 17 Planta Global Uno (1) Conductor Mecánico 5310 19 Uno (1) Secretario General de Ministerio 0035 22 Tres (3) Director Técnico 0100 21 Uno (1) Director Técnico 0100 19 Dos (2) Director Operativo 0100 19 Uno (1) Jefe de Oficina 0137 16 Uno (1) Jefe de Oficina Asesora de Jurídica 1045 09 Dos (2) Asesor 1020 08 Dos (2) Jefe de División 2040 25 Uno (1) Profesional Especializado 3010 19 Uno (1) Profesional Especializado 3010 17 Uno (1) Profesional Especializado 3010 16 Uno (1) Técnico Administrativo 4065 18 Uno (1) Secretario Ejecutivo 5040 20 Dos (2) Supervisor de Educación
Artículo 2
º . Las funciones propias del Ministerio de Educación Nacional serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación, así: No. Cargos Denominación del empleo Código Grado Despacho del Ministro Uno (1) Ministro 0005 Tres (3) Asesor 1020 14 Dos (2) Asesor 1020 12 Uno (1) Profesional Especializado 3010 19 Dos (2) Secretario Ejecutivo del Despacho de Ministro 5230 25 Uno (1) Auxiliar Administrativo 5120 20 Uno (1) Auxiliar Administrativo 5120 17 Dos (2) Conductor Mecánico 5310 19 Uno (1) Auxiliar de Servicios Generales 5335 15 Despacho del Viceministro Uno (1) Viceministro 0020 Uno (1) Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro 5240 23 Uno (1) Conductor Mecánico 5310 19 Planta Global Uno (1) Secretario General de Ministerio 0035 22 Cinco (5) Director Técnico 0100 21 Dos (2) Jefe de Oficina 0137 20 Uno (1) Jefe de Oficina 0137 16 Uno (1) Jefe de Oficina Asesora de Jurídica 1045 13 Uno (1) Jefe de Oficina Asesora de Planeación 1045 13 Tres (3) Asesor 1020 12 Dos (2) Asesor 1020 10 Ocho (8) Asesor 1020 08 Treinta y tres (33) Representante del Ministro ante Entidad Territorial 2215 14 Once (11) Profesional Especializado 3010 21 Treinta y tres (33) Profesional Especializado 3010 19 Veintiséis (26) Profesional Especializado 3010 18 Treinta y cuatro (34) Profesional Especializado 3010 17 Diecisiete (17) Profesional Especializado 3010 16 Nueve (9) Profesional Universitario 3020 14 Veintiséis (26) Profesional Universitario 3020 13 Uno (1) Profesional Universitario 3020 12 Cuatro (4) Profesional Universitario 3020 11 Uno (1) Profesional Universitario 3020 08 Dieciséis (16) Técnico Administrativo 4065 18 Veintidós (22) Técnico Administrativo 4065 17 Seis (6) Técnico Administrativo 4065 16 Seis (6) Técnico Administrativo 4065 15 Tres (3) Técnico Administrativo 4065 13 Uno (1) Técnico Administrativo 4065 12 Dos (2) Secretario Ejecutivo 5040 24 Tres (3) Secretario Ejecutivo 5040 23 Cuatro (4) Secretario Ejecutivo 5040 22 Cincuenta y dos (52) Secretario Ejecutivo 5040 21 Tres (3) Secretario Ejecutivo 5040 18 Dos (2) Secretario 5140 13 Ocho (8) Auxiliar Administrativo 5120 21 Ocho (8) Auxiliar Administrativo 5120 20 Siete (7) Auxiliar Administrativo 5120 17 Nueve (9) Auxiliar Administrativo 5120 15 Tres (3) Auxiliar Administrativo 5120 12 Dos (2) Operario Calificado 5300 17 Uno (1) Operario Calificado 5300 15 Uno (1) Conductor Mecánico 5310 19 Cinco (5) Conductor Mecánico 5310 17 Cinco (5) Conductor Mecánico 5310 15 Seis (6) Conductor Mecánico 5310 13 Doce (12) Auxiliar de Servicios Generales 5335 13 Veintitrés (23) Supervisor de Educación
Artículo 3
º . Los siguientes empleos serán suprimidos de la planta de personal del Ministerio de Educación Nacional establecida mediante el presente decreto, una vez se produzca su vacancia definitiva, de lo cual se informará al Departamento Administrativo de la Función Pública dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha en que ello ocurra: No. Cargos Denominación del empleo Código Grado Planta Global Dos (2) Técnico Administrativo 4065 17 Uno (1) Secretario Ejecutivo 5040 22 Tres (3) Secretario Ejecutivo 5040 21 Dos (2) Secretario Ejecutivo 5040 18 Uno (1) Auxiliar Administrativo 5120 20 Uno (1) Auxiliar Administrativo 5120 15 Uno (1) Operario Calificado 5300 15 Uno (1) Conductor Mecánico 5310 19 Dos (2) Conductor Mecánico 5310 15 Uno (1) Conductor Mecánico 5310 13 Cuatro (4) Auxiliar de Servicios Generales 5335 13
Artículo 4
º . El Ministro de Educación Nacional, mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.
Artículo 5
º . La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el artículo 2º del presente decreto, se efectuará dentro de los 60 días siguientes a la fecha de su publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1173 de 1999 y demás normas vigentes sobre la materia.
Artículo 6Los Cargos De Carrera Vacantes De La Planta De Personal Se Proveerán De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Artículo 2º Del Decreto 1572 De 1998 Modificado Por El Decreto 2504 De 1998
º. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto 1572 de 1998 modificado por el Decreto 2504 de 1998.
Artículo 7Los Empleados De Carrera Administrativa A Quienes Se Les Suprima El Cargo En Virtud De Lo Dispuesto En El Presente Decreto, Tendrán Derecho A Optar Por Indemnización O Por La Incorporación Al Empleo Equivalente, De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Artículo 39 De La Ley 443 De 1998, Y En Los Decretos Reglamentarios 1572 De 1998 Y 1173 De 1999, Con Sujeción Al Procedimiento Establecido En El Decreto 1568 De 1998
º. Los empleados de carrera administrativa a quienes se les suprima el cargo en virtud de lo dispuesto en el presente decreto, tendrán derecho a optar por indemnización o por la incorporación al empleo equivalente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 443 de 1998, y en los Decretos Reglamentarios 1572 de 1998 y 1173 de 1999, con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto 1568 de 1998.
Artículo 8
º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 1028 de 1999 y demás disposiciones que le sean contrarias.