en uso de sus facultades legales
Artículo 1De Conformidad Con Las Disposiciones Legales Vigentes, Destínase A Egipto, Israel, (Península Del Sinaí) Al Batallón Colombia Número 3, Para Que Forme Parte De La Fuerza Y Observadores Multinacionales (Mfo), En Desarrollo De La Directiva Transitoria Número 009-82 Del Comando Del Ejército
º De conformidad con las disposiciones legales vigentes, destínase a Egipto, Israel, (Península del Sinaí) al Batallón Colombia número 3, para que forme parte de la Fuerza y Observadores Multinacionales (MFO), en desarrollo de la Directiva Transitoria número 009-82 del Comando del Ejército.
Artículo 2El Personal De Oficiales, Suboficiales Y Empleados Públicos Integrantes De La Unidad Táctica, Tendrán Derecho Al Pago De Haberes Mensuales De Acuerdo A Las Normas Legales Vigentes Solare La Materia, Y Los Soldados Recibirán Una Bonificación Mensual De Trescientos Sesenta Dólares (Us$ 360), Todo Con Cargo A Los Aportes De La Mfo
º El personal de Oficiales, Suboficiales y empleados públicos integrantes de la Unidad Táctica, tendrán derecho al pago de haberes mensuales de acuerdo a las normas legales vigentes solare la materia, y los soldados recibirán una bonificación mensual de trescientos sesenta dólares (US$ 360), todo con cargo a los aportes de la MFO.
El transporte de la Unidad será por cuenta de la MFO.
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
º El Presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.