Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas E Ingresos Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1969, Con La Cantidad De Cincuenta Y Dos Millones Cuatrocientos Cuatro Mil Setecientos Cincuenta Y Un Pesos Con Treinta Y Tres Centavos ($ 52
° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1969, con la cantidad de cincuenta y dos millones cuatrocientos cuatro mil setecientos cincuenta y un pesos con treinta y tres centavos ($ 52.404.751.33), moneda legal, que, con base en los Certificados de Disponibilidad números 24 y 25 del mismo año, expedidos por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación a los siguientes numerales: AQUÍ PDF DIARIO 32959 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 2.
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1969: Aquí Pdf Diario 32959 (Tabla De Presupuesto) Pág
° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969: AQUÍ PDF DIARIO 32959 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 2 Y 3.
Artículo 3El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíuese.