El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Artículo 07246Del Presupuesto Nacional Vigente "aportes A Otras Entidades", Hácese La Siguiente Distribución Parcial: Comuníquese Y Publíquese
Artículo único. De la partida asignada en el Capítulo 0716, articulo 07246 del Presupuesto Nacional vigente "Aportes a otras entidades", hácese la siguiente distribución parcial: Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República