Micelio

decreto 444 de 1882

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Considerando · 1 motivo

Que en el actual Presupuesto de Gastos no ha sido apropiada cantidad alguna con el objeto de auxiliar á la Junta de Sanidad del Estado soberano de Cundinamarca para atender á la asistencia y curacion de los que sean atacados por la viruela;

Artículo 1Departamento De Beneficiencia Y Recompensas

Ábrese al Presupuesto de Gastos de la vigencia económica de 1881 á 1882 un crédito suplemental por la cantidad de ($10,000), que figurará en el Departamento de Beneficiencia y Recompensas.

Capítulo 22. Artículo 55.

Sométase el presente decreto á consideracion del Congreso para los efectos del artículo 1,334 del Código Fiscal.

Artículo 55Sométase El Presente Decreto Á Consideracion Del Congreso Para Los Efectos Del Artículo 1,334 Del Código Fiscal

Artículo único. Ábrese al Presupuesto de Gastos de la vigencia económica de 1881 á 1882 un crédito suplemental por la cantidad de ($10,000), que figurará en el Departamento de Beneficiencia y Recompensas . Capítulo 22. Artículo 55. Sométase el presente decreto á consideracion del Congreso para los efectos del artículo 1,334 del Código Fiscal.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario de Relaciones Exteriores encargado del Despacho de Gobierno