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decreto 302 de 1994

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del artículo 114 del Decreto 1950 de 1973.

Artículo 1º Modificase El Artículo 1º Del Decreto Número 215 De Fecha 24 De Enero De 1994, El Cual Quedará Así: "artículo 1º Acéptase La Renuncia Presentada Por La Doctora Beatriz Canal De Barco Al Cargo De Ministro Consejero Para Asuntos De Turismo, Adscrito A L A Embajada De Colombia

º Modificase el artículo 1º del Decreto número 215 de fecha 24 de enero de 1994, el cual quedará así: "Artículo 1º Acéptase la renuncia presentada por la Doctora Beatriz Canal de Barco al cargo de Ministro Consejero para Asuntos de Turismo, adscrito a l a Embajada de Colombia. Ente el Gobierno de España, con sede en Madrid".

Artículo 2º Suprímese El Cargo De Ministro Consejero Para Asuntos De Turismo, Adscrito A L A Embajada De Colombia

º Suprímese el cargo de Ministro Consejero para Asuntos de Turismo, adscrito a l a Embajada de Colombia. Ente el Gobierno de España, con sede en Madrid.

Artículo 3º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 4 de febrero de 1994. CESAR GAVIRIA TRUJILLO La Ministra de relaciones Exteriores. Noemí Sanín de Rubio . El Ministro de desarrollo Económico. Mauricio Cárdenas Santamaria.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del artículo 114 del Decreto 1950 de 1973
La Ministra de relaciones Exteriores
El Ministro de desarrollo Económico