en uso de las facultades que le confiere el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Nacional y los Decretos extraordinarios 1912 y 2658 de 1973, 597 y 965 de 1974, y el 681 de 1974
Artículo 1Modifícase Y Adiciónase La Planta De Personal Del Departamento Administrativo De La Presidencia De La República, Establecida Por El Decreto 2285 Del 9 De Noviembre De 1073, Así: Aquí Tabla De Personal Diario Oficial 34159 Pág 1 Afecta La Vigencia De: [ Mostrar ] Modifica Y Adiciona Decreto 2285 De 1973
Articulo 1º Modifícase y adiciónase la Planta de Personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, establecida por el Decreto 2285 del 9 de noviembre de 1073, así: AQUÍ TABLA DE PERSONAL DIARIO OFICIAL 34159 PÁG 1
Artículo 2Las Personas Que Vengan Desempeñando Los Cargos Que Corresponde A La Planta De Personal Que Por El Presente Decreto Se Establece, Y Que No Hayan Cambiado Ni En Su Ubicación, Ni En Su Clasificación, Continuarán Desempeñándolos Sin Necesidad De Nueva Posesión
º Las personas que vengan desempeñando los cargos que corresponde a la Planta de Personal que por el presente Decreto se establece, y que no hayan cambiado ni en su ubicación, ni en su clasificación, continuarán desempeñándolos sin necesidad de nueva posesión. Para los demás casos la autoridad nominadora proceder a conforme a las disposiciones legales vigentes, a designar el personal que deba ocupar los cargos que se establecen en el presente Decreto. Los empleados que estando al servicio del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República fueren incorporados en la Planta de Personal que por el presente Decreto se fija no requerirán llenar otra formalidad para su posesión que la firma del acta respectiva y el pago del impuesto de timbre nacional correspondiente a la diferencia de remuneración, si a ello hubiere lugar. Los funcionarios reincorporados no se entenderán desvinculados del servicio para ningún efecto legal.
Artículo 3El Cómputo Del Tiempo Para La Prima De Antigüedad, Su Reconocimiento Y Pago Se Hará De Conformidad Con Lo Establecido Por El Decreto 1912 De 1973
º El cómputo del tiempo para la prima de antigüedad, su reconocimiento y pago se hará de conformidad con lo establecido por el Decreto 1912 de 1973.
Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Deroga La Planta De Personal De La Secretaría De Organización E Inspección De La Administración Pública De La Presidencia De La República, Establecida Por El Decreto Número 2285 De 1973, Y Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Planta de Personal de la Secretaría de Organización e Inspección de la Administración Pública de la Presidencia de la República, establecida por el Decreto número 2285 de 1973, y todas las disposiciones que le sean contrarias.