Artículo 1
Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
CAPITULO 002
Comité Nacional de Planeación.
PRESIDENCIA
Personal y Material.
Comité Nacional de Planeación.
Artículo 0020Para El Pago De Contratos Con Expertos, Del Comité Nacional De Planeación, En El Año $ 100
Artículo primero . Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA CAPITULO 002 Comité Nacional de Planeación. 001. Del artículo 0020. Para el pago de contratos con expertos, del Comité Nacional de Planeación, en el año $ 100.000 00 Suma el contracrédito $ 100.000 00 CAPITULO 001 PRESIDENCIA Personal y Material. 301. Al artículo 0009. Para reparación, conservación, aseguro y repuestos de los vehículos al servicio de la Presidencia de la República y sus dependencias citadas, en la presente vigencia y $ 30.000 00 003. Al artículo 0013. Para gastos extraordinarios e imprevistos, y gastos menores no contemplados en los artículos precedentes, en la presente vigencia y anteriores 30.000 00 CAPITULO 002 Comité Nacional de Planeación . 003. Al artículo 0022. Para compra de libros de consulta, suscripciones a periódicos y revistas nacionales y extranjeros, avisos, publicaciones oficiales del ramo legalmente autorizadas, y otros gastos similares inherentes a estos mismos servicios, en la presente vigencia y anteriores 40.000 00 Suman los créditos $ 100.000 00
Artículo 2
Artículo segundo . El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.