Artículo 1
Artículo primero. Determínase la planta de personal administrativa del Colegio "María Auxiliadora" de Granada, (Meta), dependiente del Ministerio de Educación Nacional, en la siguiente forma: Secretaría General Dirección General de Administración Educativa División de Planteles Nacionales Sección de Educación Media Colegio Nacional "MARIA AUXILIADORA" de Granada (Meta) Un Director de Establecimiento de Educación Media; clase II, categoría 22; sueldo de ingreso; $ 3.720. Un pagador; clase I; categoría. 13, sueldo $ 1.530. Un secretario mecanógrafo, clase I, categoría 10, sueldo $ 1.190. Un chofer, clase I, categoría 9, sueldo $ 1.080.
Artículo 2
Artículo segundo. El número de empleos docentes será fijado por el Ministerio de Educación Nacional, de acuerdo con las disponibilidades presupuestales y necesidades de personal que requiera el funcionamiento del citado plantel.
Artículo 3
Artículo tercero. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir del primero (1°) de enero del presente año. Publíquese, comuníquese y cúmplase.