Micelio

decreto 1570 de 1972

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Artículo 1

Artículo primero. Determínase la planta de personal administrativa del Colegio "María Auxiliadora" de Granada, (Meta), dependiente del Ministerio de Educación Nacional, en la siguiente forma: Secretaría General Dirección General de Administración Educativa División de Planteles Nacionales Sección de Educación Media Colegio Nacional "MARIA AUXILIADORA" de Granada (Meta) Un Director de Establecimiento de Educación Media; clase II, categoría 22; sueldo de ingreso; $ 3.720. Un pagador; clase I; categoría. 13, sueldo $ 1.530. Un secretario mecanógrafo, clase I, categoría 10, sueldo $ 1.190. Un chofer, clase I, categoría 9, sueldo $ 1.080.

Artículo 2

Artículo segundo. El número de empleos docentes será fijado por el Ministerio de Educación Nacional, de acuerdo con las disponibilidades presupuestales y necesidades de personal que requiera el funcionamiento del citado plantel.

Artículo 3

Artículo tercero. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir del primero (1°) de enero del presente año. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil