Micelio

decreto 441 de 1884

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Artículo 1

Art. 1.° Ábrese al Presupuesto para la vigencia ecomómica en curso, el siguiente crédito extraordinario: servicio de 1883 á 1884. Departamento de Fomento Capítulo 89-Gastos varios Art. 407. Gastos de carácter general. 5. ° Para remunerar á los miembros de la Comisión nombrada para examinar la Ferrería de Samacá, por decreto número 440, y para viáticos de la misma, $ 1,300.

Artículo 2,334 Del Código Fiscal, Para Los Efectos De Mismo

Art. 2. ° Dése cuenta al Congreso del presente decreto en cumplimiento del artículo 1,334 del Código Fiscal, para los efectos de mismo.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario de Fomento