Micelio

decreto 1882 de 1954

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República

Artículo 1

Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:

Artículo 2215Para Continuar Las Obras Del Río Sinú, En El Año $ 35

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: Ministerio de Obras Públicas. CAPITULO 113. Obras Hidráulicas. Construcción. C1bIX(a). Del artículo 2215. Para continuar las obras del río Sinú, en el año $ 35.000.00 CAPITULO 119. Carreteras Nacionales. Construcción, Reconstrucción y Pavimentación. C1bI(a). Del artículo 2284. Para adquisición, dentro y fuera del país, de equipos de maquinaria, repuestos, herramientas e instrumental de ingeniería, de laboratorio, y demás elementos indispensables para conservación, pavimentación, estudios y construcción de carreteras nacionales, en el año 40.000.00 CAPITULO 120. Puentes. Construcción. C1bII(a). Del artículo 2292. Para adquisición de estructuras para varios puentes 50.000.00 C1bII(a). Del artículo 2295. Para el puente "Choapal", en la carretera Cáqueza - Villavicencio 15.338.00 C1bII(a). Del artículo 2301. Para el puente "Amoladero", en la carretera Tunja-Arcabuco 30.000.00 C1bII(a). Del artículo 2307. Para el puente "Chenche", en la carretera Neiva-Natagaima-Saldaña 120.000.00 Obras Nacionales con Recursos del Crédito. CAPITULO 133. Puentes. Construcción. C1bII(a). Del artículo 2464. Para construcción de puentes sobre el río Medellín, en la carretera Medellín-Tarazá, en el año 40.000.00 Suman los contracréditos $ 330.338.00 Ministerio de Obras Públicas. CAPITULO 111. Ministerio. Personal y Material. C1a(b). Al artículo 2188. Para reparación, conservación aseguro y repuestos de los vehículos de las oficinas centrales del Ministerio de Obras Públicas, en el presente año y anteriores 40.000.00 CAPITULO 112. Navegación fluvial. A1a. Al artículo 2207. Para material de las Intendencias e Inspeccionas Fluviales, Sección de Clasificación de Embarcaciones, Caja Fluvial Local y Bodega del Puerto Fluvial Local de Barranquilla y Muelle de Cabotaje de Santa Marta, en el año $ 5.000.00 A2a. Al artículo 2288. Para jornales de obreros que requiera el servicio de las Intendencias e Inspecciones Fluviales, Sección de Clasificación de Embarcaciones/Caja Fluvial, Bodega del Puerto Fluvial Local de Barranquilla y Muelle de Cabotaje de Santa Marta, en el año 30.000.00 CAPITULO 120 Puentes. Construcción. C1bII(a). Al artículo 2314-H. Para el Puente "Morrocoy" sobre el río Nevado en la carretera Capítanejo-Cocuy 60.000.00 C1bII(a). Al artículo 2314-K. Para el puente "Ospina Pérez" en la carretera Bucaramanga-Cáchira 15.000.00 C1bII(a). Al artículo 2314-L. Para el puente "El Silencio" en la carretera Bucaramanga-Cáchira 50.000.00 C1bII(a). Al artículo 2314-LL. Para, pontones de la carretera San Gil-Charalá-Río Plenta 30.338.00 C1bII(a). Al artículo 2314-M. Para transporte y montaje de las estructuras de los puentes "Tucurinca", "Tres Vueltas" y "Aracataca" en la carretera Fundación-Santa Marta 60.000.00 Obras Nacionales con Recursos del Crédito. CAPITULO 133 Puentes Construcción. C1bII(a). Al artículo 2464-A. Para transporte y montaje de las estructuras de los puentes "Tucurinca", Tres Vueltas" y "Aracataca" en la carretera Fundación Santa Marta 40.000.00 Suman los créditos $ 330.338.00

Artículo 2

Artículo segundo. Quedan suspendidas todas las disposiciones contrarias al presente Decreto, el cual rige desde su fecha. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas