Micelio

decreto 2455 de 1981

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales

Artículo 1Créase La Siguiente Planta Docente Para El Instituto Nacional De Carreras Intermedias De San Andrés Y Providencia: Número Nombre Del Cargo Tres (3) Docentes De Tiempo Completo

º Créase la siguiente planta docente para el Instituto Nacional de Carreras Intermedias de San Andrés y Providencia: Número Nombre del cargo Tres (3) Docentes de tiempo completo. Tres (3) Docentes de medio tiempo. Cuatro (4) Docentes de cátedra.

Artículo 2La Remuneración De Los Docentes A Que Se Refiere El Artículo Anterior Corresponde Al Grado Que Se Acrediten En El Escalafón Nacional Docente

º La remuneración de los docentes a que se refiere el artículo anterior corresponde al grado que se acrediten en el escalafón nacional docente. Los de tiempo completo devengarán igualmente la prima de dedicación exclusiva.

Artículo 3Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

º Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio civil