en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 211 del Código Electoral (Decreto 2241 de 1986), y CONSIDERANDO: Que de conformidad con (o establecido en el artículo 171 de la Constitución Política, el Senado de la República estará integrado por cien miembros elegidos en Circunscripción Nacional
Considerando · 3 motivos
Que de conformidad con (o establecido en el artículo 171 de la Constitución Política, el Senado de la República estará integrado por cien miembros elegidos en Circunscripción Nacional;
Que habrá un número adicional de dos Senadores elegidos en Circunscripción Nacional Especial por Comunidades Indígenas;
Que la Circunscripción Especial para elección de Senadores por las Comunidades Indígenas se regirá por el sistema del cuociente electoral;
Artículo 1En Los Comicios Que Se Realicen El Próximo 14 De Marzo De 2010, Se Elegirán Cien (100) Senadores Por Circunscripción Nacional; Adicionalmente Se Elegirán Por Circunscripción Nacional Especial Dos (2) Senadores Más Por Las Comunidades Indígenas, A Los Cuales Se Aplicará El Sistema De Cuociente Electoral
°. En los comicios que se realicen el próximo 14 de marzo de 2010, se elegirán cien (100) Senadores por Circunscripción Nacional; adicionalmente se elegirán por Circunscripción Nacional Especial dos (2) Senadores más por las Comunidades Indígenas, a los cuales se aplicará el sistema de cuociente electoral.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.