en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y CONSIDERANDO: Que el Decreto 2170 del 30 de noviembre de 1992, expedido por el Presidente de la República en ejercicio de las atribuciones que le confirió el artículo transitorio 20 de la Constitución Política, suprimió el Fondo Nacional de Bienestar Social
Considerando · 3 motivos
Que el Decreto 2170 del 30 de noviembre de 1992, expedido por el Presidente de la República en ejercicio de las atribuciones que le confirió el artículo transitorio 20 de la Constitución Política, suprimió el Fondo Nacional de Bienestar Social;
Que en el mencionado decreto se prevé que el Presidente de la República designará el Liquidador del citado Fondo;
Que el mismo decreto contempla que la liquidación del referido establecimiento deberá concluir a más tardar el 31 de diciembre del presente año;
Artículo 1Créase Hasta El 31 De Diciembre De 1993 En La Planta De Personal Del Departamento Administrativo De La Función Pública, El Empleo De Director Administrativo De Departamento Administrativo, Código 0100, Grado 19, Para Desempeñar Las Funciones De Liquidador Del Fondo Nacional De Bienestar Social
° Créase hasta el 31 de diciembre de 1993 en la Planta de Personal del Departamento Administrativo de la Función Pública, el empleo de Director Administrativo de Departamento Administrativo, Código 0100, Grado 19, para desempeñar las funciones de Liquidador del Fondo Nacional de Bienestar Social.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.