Micelio

decreto 852 de 1981

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que en la carretera que conduce de Lorica a San Bernardo del Viento, se ha construido un puente sobre el rio Sinú, enel paso de la Doctrina

Considerando · 3 motivos

Que en la carretera que conduce de Lorica a San Bernardo del Viento, se ha construido un puente sobre el rio Sinú, enel paso de la Doctrina;

Que el señor Eugenio Sanchez Cárdenas, durante mucho tiempo fue Senador por el Departamento de Córdoba, habiéndose distinguido por su interés en el progreso de su región, a la cual sirvió con desinterés y patriotismo;

Que se considera justo y merecido perpetuar la memoria de este ilustre abanderado de causas cívicas;

Artículo 1El Puente Construido En El Sitio De La Doctrina, Sobre El Rio Sinú En La Carretera Que Conduce De Lorica A San Bernardo Del Viento, Se Denominará "puente Eugenio Sanchez Cárdenas"

Articulo 1º El puente construido en el sitio de la Doctrina, sobre el rio Sinú en la carretera que conduce de Lorica a San Bernardo del Viento, se denominará "Puente Eugenio Sanchez Cárdenas".

Artículo 2Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

Articulo 2º Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquesey cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, y
El Ministro de Obras Públicas