Considerando · 3 motivos
Que no hay en el Presupuesto partida apropiada para el pago de la cuota con que debe contribuir el Gobierno de la República para el sostenimiento de la Oficina de la República americana, que funciona en la ciudad de Washingtón, en la anualidad que se venció en 30 de Junio último y la que se vencerá en 30 de Junio próximo; 3.º;
Que el Consejo de Enfado emitió concepto favorable acerca de la conveniencia de abrir los créditos necesarios para atender á los mencionados gastos, y 4.°;
Que el Consejo de Ministros, en vista del expediente creado sobre este asunto, ha resuelto que se abran los dos créditos de que se trata;
Artículo 1
Abrense al Ministerio de Relaciones Exteriores los siguientes créditos, suplemental el primero y extraordinario el segunde, imputables al Presupuesto del bieno en curso:
Departamento de Relaciones Exteriores.
Capitulo 32.
SERVICIO CONSULAR.
Capitulo 33
GASTOS VARIOS.
Articulo 98 bis Para pagar la cuota que corresponde á Colombia en el sostenimiento de las Oficina de
las Repúblicas americanas, que funciona en Washington, en el bienio
Dése cuenta al Congreso en su próxima reunión.
Artículo 94Para Atender Á Gastos Del Servicio Coonsular $ 30,000 Capitulo 33 Gastos Varios
Artículo único. Abrense al Ministerio de Relaciones Exteriores los siguientes créditos, suplemental el primero y extraordinario el segunde, imputables al Presupuesto del bieno en curso: Departamento de Relaciones Exteriores. Capitulo 32. SERVICIO CONSULAR. Artículo 94. Para atender á gastos del servicio coonsular $ 30,000 Capitulo 33 GASTOS VARIOS. Articulo 98 bis Para pagar la cuota que corresponde á Colombia en el sostenimiento de las Oficina de las Repúblicas americanas, que funciona en Washington, en el bienio $ 2,926 Dése cuenta al Congreso en su próxima reunión.