Micelio

decreto 154 de 1993

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978

Artículo 1Apruébase El Acuerdo Número 001 Del 9 De Diciembre De 1992 De La Junta Directiva Del Instituto Para El Desarrollo De La Democracia “luis Carlos Galán Sarmiento”, Por El Cual Se Crean Unos Cargos En La Planta De Personal Del Instituto Para El Desarrollo De La Democracia “luis Carlos Galán Sarmiento”, Cuyo Texto Es El Siguiente: “acuerdo Numero 001 De 1992 (Diciembre 9) “por El Cual Se Crean Unos Cargos En La Planta De Personal Del Instituto Para El Desarrollo De La Democracia “luis Carlos Galán Sarmiento”

° Apruébase el Acuerdo número 001 del 9 de diciembre de 1992 de la Junta Directiva del Instituto para el Desarrollo de la Democracia “Luis Carlos Galán Sarmiento”, por el cual se crean unos cargos en la Planta de Personal del Instituto para el Desarrollo de la Democracia “Luis Carlos Galán Sarmiento”, cuyo texto es el siguiente: “ACUERDO NUMERO 001 DE 1992 (diciembre 9) “por el cual se crean unos cargos en la Planta de Personal del Instituto para el Desarrollo de la Democracia “Luis Carlos Galán Sarmiento”. La Junta Directiva del Instituto para el Desarrollo de la Democracia “Luis Carlos Galán Sarmiento”, en uso de sus facultades legales y estatutarias, ACUERDA: Artículo 1° Crear los siguientes cargos en la Planta de Personal del Instituto para el Desarrollo de la Democracia “Luis Carlos Galán Sarmiento”: Número de Cargos Denominación del empleo Código Grado 1 Director General de Establecimiento Público 0015 17 1 Tesorero 5015 20 1 Secretaria Ejecutiva 5040 18 Artículo 2° El presente Acuerdo requiere de la aprobación del Gobierno Nacional y rige a partir de la fecha de publicación del decreto respectivo. Comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a los nueve (9) días del mes de diciembre de 1992. El Presidente, (Fdo.) Rafael Orduz Medina. El Secretario Ad Hoc, (Fdo.) Fernando Sanz”.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 25 de enero de 1993. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodríguez. El Ministro de Educación Nacional, Carlos Holmes Trujillo. El Director del Departamento Administrativo para la Función Pública, Carlos Humberto Isaza Rodríguez .

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional
El Director del Departamento Administrativo para la Función Pública