en uso de las facultades legales y en especial de la que le confiere la Ley 4° de 1970, y CONSIDERANDO: Que con motivo de las fuertes lluvias que continúan azotando casi todas las regiones del país, se han presentado graves deslizamientos de tierras en el Corregimiento de Montebonito, Municipio de Marulanda, del Departamento de Caldas, que han ocasionado la muerte de seis personas y destruido totalmente siete viviendas, y Que en calamidades de esta índole el Gobierno Nacional ha considerado de su deber no solo expresar
Considerando · 2 motivos
Que con motivo de las fuertes lluvias que continúan azotando casi todas las regiones del país, se han presentado graves deslizamientos de tierras en el Corregimiento de Montebonito, Municipio de Marulanda, del Departamento de Caldas, que han ocasionado la muerte de seis personas y destruido totalmente siete viviendas, y;
Que en calamidades de esta índole el Gobierno Nacional ha considerado de su deber no solo expresar su solidaridad sino también contribuir con su aporte económico;
Artículo 1De La Suma Apropiada En El Presupuesto De La Actual Vigencia, Capítulo 101, Artículo 1015, Para Calamidades Públicas, Destínase La Suma De Treinta Mil Pesos ($ 30
°. De la suma apropiada en el Presupuesto de la actual vigencia, capítulo 101, artículo 1015, para calamidades públicas, destínase la suma de treinta mil pesos ($ 30.000.00) moneda corriente, que será girará al Tesorero Municipal de Marulanda (Caldas), para entregar al Tesorero de la Junta de Fomento del Corregimiento de Montebonito, jurisdicción del referido Municipio, con destino a los damnificados a que se refiere la parte motiva de este Decreto.
Artículo 2Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
°. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.