Artículo 1
Aclarase el artículo 2º del Decreto número 1556 de 7 de agosto de 1958, en el sentido de que los Tesoreros de los Fondos de Alfabetización de los Departamentos, Intendencias y Comisarías, son los mismos Tesoreros Departamentales de que habla el parágrafo del artículo 3º de la Resolución número 02898 de 27 de junio de 1958.
Artículo 2Del Decreto Número 1556 De 7 De Agosto De 1958, En El Sentido De Que Los Tesoreros De Los Fondos De Alfabetización De Los Departamentos, Intendencias Y Comisarías, Son Los Mismos Tesoreros Departamentales De Que Habla El Parágrafo Del Artículo 3º De La Resolución Número 02898 De 27 De Junio De 1958
Artículo único. Aclarase el artículo 2º del Decreto número 1556 de 7 de agosto de 1958, en el sentido de que los Tesoreros de los Fondos de Alfabetización de los Departamentos, Intendencias y Comisarías, son los mismos Tesoreros Departamentales de que habla el
Parágrafo
del artículo 3º de la Resolución número 02898 de 27 de junio de 1958. Comuníquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional