Micelio

decreto 1883 de 1958

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El Presidente de la República de Colombia
Considerando · 3 motivos

Que el deber del Gobierno fomentar las expresiones artísticas en sus diversas formas;

Que los festivales anuales de teatro contribuyen notablemente a la educación popular;

Que conviene estimular a los grupos escénicos y a las personas que participan en la celebración de tales festivales;

Artículo 1

Artículo primero. El Gobierno Nacional se asocia a la celebración de los festivales anuales de teatro.

Artículo 2

Artículo segundo. Créanse dos premios denominados “Presidencia de la República”, que se otorgarán anualmente a los conjuntos escénicos que hayan realizado las mejores representaciones en castellano y en otro idioma, de acuerdo con la reglamentación que establecerá el Ministerio de Educción Nacional.

Artículo 3

Artículo tercero. Los premios creados por el artículo anterior, se concederán con base en el fallo del Jurado Calificador, designado por el Comité Organizador del certamen.

Artículo 4

Artículo cuarto. El Ministerio de Educación Nacional atenderá a los gastos que implique el cumplimiento del presente Decreto. Cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de educación Nacional