El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO que en sesión de 10 de los corrientes el honorable Consejo de Ministros emitió dictamen favorable acerca del traslado propuesto por el señor Ministro de Correos y telégrafos, con el fin de poder atender a los gastos de que tratan los artículos 224 y capitulo 51, del Presupuesto vigente
Artículo 1Trasládase La Suma De Treinta Mil Pesos ($ 30,000), Del Artículo 225,capítulo 51, A Los Siguientes
Articulo 1º. Trasládase la suma de treinta mil pesos ($ 30,000), del artículo 225,capítulo 51, a los siguientes. artículos: Al artículo 224 $ 22.000 Al artículo 227 8.000 Suma $ 30.000
Artículo 2Dése
º. Dése. cuenta del anterior traslado al señor Contralor General de la República. Cópiese, comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Correos y Telégrafos