DecretoDerogado
Decreto 34 de 1906
Que declara en suspenso ciertas disposiciones
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Declárense En Suspenso Las Disposiciones De Los Artículos 33, 34 Y 35 De La Ley 59 De 1905, Mientras El Cuerpo Legislativo Las Interpreta De Modo Autentico Por Medio De Otra Ley2Contra Las Decisiones Dictadas Por Los Tribunales En Virtud De Las Disposiciones Cuya Suspensión Se Decreta, Puede Interponerse Recurso De Casación Ante La Corte Suprema De Justicia, Cualquiera Que Sea La Cuantía De Los Litigios Originados Por Ellas
03
Firmas
Gobierno Nacional
- R. ReyesPresidente de la República
- Luciano HerreraEl Subsecretario De Gobierno, encargado del Despacho · encargado
- Alfredo Vásquez CoboEl Ministro De Relaciones Exteriores
- José M. Cordobés MEl Ministro De Hacienda Y Tesoro
- Manuel M. San ClementeEl Ministro De Guerra
- Benjamín Uribeel Subsecretario De Instrucción Pública, encargado del Despacho · encargado
- Martin Restrepo MejíaEl Subsecretario de Obras Públicas, encargado del Despacho · encargado