en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que el Decreto número 2492 de 1947 dispuso que el personal administrativo que se requiriera en las diferentes zonas de conservación y en las obras dependientes del Departamento de Ferrocarriles y Carreteras Nacionales del Ministerio de Obras Publicas fuera designado por medio de Decreto, y Que los cargos que se crean por el presente Decreto se habían atendido anteriormente por jornal
Considerando · 2 motivos
Que el Decreto número 2492 de 1947 dispuso que el personal administrativo que se requiriera en las diferentes zonas de conservación y en las obras dependientes del Departamento de Ferrocarriles y Carreteras Nacionales del Ministerio de Obras Publicas fuera designado por medio de Decreto, y;
Que los cargos que se crean por el presente Decreto se habían atendido anteriormente por jornal;
Artículo 1
Artículo primero. Dependiente de la Zona de Carreteras Nacionales de Cali, créanse los siguientes cargos, con las asignaciones mensuales que a continuación se expresan: Un Secretario de la Zona 280.00 Un Ayudante de Caja 210.00 Un Ayudante de Almacén 250.00 Segundo Ayudante de Almacén 170.00 Un Oficial de Kárdex 180.00 Una Mecanotaquígrafa del Jefe 180.00 Un Proveedor de Cooperativa 180.00 Un Contador de Cooperativa 145.00 Un Almacenista de Cooperativa 145.00 Un Farmacéutico Enfermero 225.00 Un Inspector de Conservación, sector 1° 280.00 Un Inspector de Conservación, sector 2° 280.00 Un Inspector de Conservación, sector 3° 280.00 Un Inspector de Trazados 300.00 Un Subinspector de Trazados 250.00
Artículo 2
Quedan suprimidos en la Zona de Carreteras Nacionales de Cali, los cargos administrativos determinados en el artículo 3° del Decreto número 2492 de 1947, que no figuren en el presente.
Artículo 3Del Decreto Número 2492 De 1947, Que No Figuren En El Presente
Artículo segundo. Quedan suprimidos en la Zona de Carreteras Nacionales de Cali, los cargos administrativos determinados en el artículo 3° del Decreto número 2492 de 1947, que no figuren en el presente.