Micelio

decreto 1168 de 1960

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Artículo 1De La Resolución Nº

Artículo único . Apruébase la Resolución número 15 de abril 20 de 1960 del Banco de la República, que a la letra dice: RESOLUCION NUMERO 15 DE 1960 (abril 20) La Junta Directiva del Banco de la República, En uso de las autorizaciones que le confieren los artículos 33 y 34 de la ley 1º de 1959 RESUELVE: Artículo primero . El 60 % del valor neto resultante del oro de producción nacional que adquiere el Banco de la República, se pagará en moneda corriente al tipo de cambio de $6.70 por dólar. Queda así sustituido el artículo 1º de la Resolución Nº. 45 de 1959, el cual modificó el ordinal b) del artículo 1º de la resolución 12 del mismo año.

Artículo 5De La Resolución 12 De 1959 Se Liquidará En Adelante A Razón De $27

Artículo segundo . La prima minera a que se refiere el artículo 5º de la Resolución 12 de 1959 se liquidará en adelante a razón de $27.06 por onza troy fina y proporcionalmente por gramo de oro físico.

Artículo 3

Artículo tercero . Esta Resolución rige desde la fecha en que sea aprobada por el Gobierno Nacional" Comuníquese y cúmplase.