en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente de las que le confiere el numeral 3° del artículo 120 de la Constitución Nacional y el literal b) del artículo 26 del Decreto 1050 de 1968
Artículo 26Del Decreto 1050 De 1968, En Concordancia Con El Artículo 8o
Artículo primero. Apruébase el Acuerdo número 126 del 2 de abril de 1987, adoptado por la Junta Directiva de los Ferrocarriles Nacionales de Colombia en su sesión número 788 y cuyo texto es el siguiente: «Ferrocarriles Nacionales de Colombia, ACUERDO NUMERO 126 DE 1987 (abril 2) por el cual se reforma el estatuto orgánico de los Ferrocarriles Nacionales de Colombia. La Junta Directiva de los Ferrocarriles Nacionales de Colombia, en uso de las facultades de dirección y administración y en especial de las establecidas en el literal b) del artículo 26 del Decreto 1050 de 1968, en concordancia con el artículo 8o. Clase A, literal a) del Estatuto Orgánico de los Ferrocarriles Nacionales de Colombia, CONSIDERANDO: Que el régimen legal vigente, artículos 5o del Decreto 33.35 de 1968 y 3o, 4° y 5° de su Decreto Reglamentario número 1848 de 1969, prevé que en los estatutos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado se haga la clasificación de los Empleados Públicos y de los Trabajadores Oficiales al servicio de esas entidades en razón de las actividades de dirección o confianza que desempeñen: ACUERDA:
Artículo 1El Artículo 27 Del Estatuto Orgánico De Los Ferrocarriles Nacionales De Colombia, Quedará Así: Artículo 27
° El artículo 27 del Estatuto Orgánico de los Ferrocarriles Nacionales de Colombia, quedará así: Artículo 27. Las personas que trabajen al servicio de ¡a Empresa, con las excepciones que a continuación se precisan, son trabajadores oficiales vinculados a ella por contrato de trabajo. Se exceptúan además del Gerente General, las personas que ejercen actividades de dirección o confianza correspondientes a los siguientes cargos, los cuales son empleados públicos de libre nombramiento y remoción del Gerente General; GERENCIA GENERAL N°. de cargos Denominación GERENCIA GENERAL 1 Asesor Especial. 1 Secretario Privado. 1 Auditor Interno. SUB-GERENCIA GENERAL 1 Sub-Gerente General. Dirección de Propiedades No Industriales 1 Director. Departamento de Bienes Inmuebles. 1 Jefe de Departamento Nivel II. Departamento de Bienes Muebles. 1 Jefe de Departamento Nivel II. Oficina de Mantenimiento y Administración Edificio. 1 Jefe de Oficina III. Oficina Bolsa Maquinaria. 1 Jefe de Oficina II SECRETARIA GENERAL 1 Secretario General. Departamento Nacional de Supervisión Administrativa. 1 Jefe de Departamento Nivel II. 3 Jefe de Zona Supervisión Administrativa. ASESORIA JURIDICA 1 Asesor Jurídico. 1 Asesor Auxiliar, UNIDAD DE PLANEACION ESTRATEGICA 1 Asesor Coordinador. 1 Asesor Estudios Técnicos y Consultoría. 1 Coordinador de Investigaciones. No. de Cargos Denominación Arca Vías y Estructuras. 1 Asesor. 1 Coordinador Ferrocarriles del Carare. 1 Ingeniero Coordinador Puentes y Estructuras. 1 Ingeniero Planeación Vías y Trazados. Area de Transportes y Equipo. 1 Asesor. 1 Coordinador Especial II. 1 Coordinador Especial I. 1 Ingeniero Planeación en Transportes. Departamento de Análisis de Costos y Estadística. 1 Jefe de Departamento Nivel II 1 Jefe de Oficina de Estadística Nivel II. GERENCIA Y FINANZAS CONTROL 1 Gerente. 1 Asesor de Economía y Análisis Financiero. 1 Coordinador Especial II. Dirección de Planeación y Análisis Financiero. 1 Director. Departamento de Proyectos y Análisis Financiero. 1 Jefe de Departamento Nivel II. Dirección Administración Materiales. 1 Director. Departamento de Compras. 1 Jefe de Departamento Nivel II Departamento de Inventario de Materiales. 1 Jefe de Departamento Nivel II. Oficina de Maderas y Combustibles. 1 Jefe Oficina Nivel III. Oficina de Movimiento de Materiales. 1 Jefe de Oficina Nivel -III. Dirección de Contabilidad y Control. 1 Director. 1 Coordinador Especial I. Departamento de Control. 1 Jefe de Departamento Nivel II. Oficina de Presupuesto. 1 Jefe de Oficina Nivel I. Oficina de Ingresos y Facturación. 1 Jefe de Oficina Nivel I. Oficina Tiempo y Nómina. 1 Jefe de Oficina Nivel I. Oficina Control Gastos. 1 Jefe de Oficina Nivel I. Departamento de Contabilidad. 1 Jefe Departamento Nivel II. Dirección de Tesorería. 1 Director. Departamento de Cartera, 1 Jefe de Departamento Nivel n. UNIDAD DE SISTEMATIZACION 1 Jefe. 1 Coordinador Especial I. 1 Administrador Banco de Datos. Director de Sistematización. 1 Director. 3 Ingeniero de Sistemas. Departamento de Sistemas. 1 Jefe Departamento Nivel II. Departamento de Producción. 1 Jefe Departamento Nivel II. GERENCIA COMERCIAL 1 Gerente 1 Coordinador Especial III. Dirección de Mercadotecnia. 1 Director. 1 Coordinador Especial I. 2 Supervisor Nacional Venta y Carga. Dirección de Transportes. 1 Director. 1 Supervisor Nacional Venta y Servicios. Oficina Equipo Manejo de Carga. 1 Jefe de Oficina Nivel III. Departamento Centro Centroi Operaciones. 1 Jefe de Departamento Nivel II. No. de cargos Denominación Departamento Puesto de Mando Nacional. 1 Jefe Departamento Nivel II. 3 Sub-Jefe Puesto de Mando Nacional. Departamento Técnico. 1 Jefe de Departamento Nivel II. Departamento Nacional de Reclamos. 1 Jefe Departamento Nivel II. Departamento de Tracción y Equipo. 1 Jefe Departamento Nivel II. GERENCIA ADMINISTRATIVA Y DE RR. II. 1 Gerente. 1 Asesor Relaciones Industriales. Asesoría Médica. 1 Asesor Médico. Dirección de Desarrollo Administrativo. 1 Jefe. Dirección de Personal. 1 Director. Oficina Derecho Laboral. 1 Jefe de Oficina Nivel III. Dirección de Formación y Desarrollo de Personal. 1 Director. Departamento de Formación Talleres y Equipo 1 Jefe Departamento Nivel II. Departamento de Formación de Vías. 1 Jefe Departamento Nivel II. Departamento de Formación Transportes. 1 Jefe de Departamento Nivel II. Departamento de Seguridad Industrial. 1 Jefe de Departamento Nivel II. Oficina de Prevención de Accidentes. 1 Jefe Oficina Nivel III. GERENCIA TECNICA 1 Gerente. 1 Coordinador Especial II. 1 Coordinador Especial I. Dirección de Talleres y Equipos. 1 Director. Departamento Diesel. 1 Jefe Departamento Nivel II. Oficina Locom. Diesel y Autoforros. 1 Jefe Oficina Nivel III. Oficina Maquinaria Pesada y Equipe de Vía. 1 Jefe de Oficina Nivel III. Departamento de Material Rodante. 1 Jefe Departamento Nivel II. Departamento Técnico. 1 Jefe Departamento Nivel II. Oficina de Estudios Técnicos. 1 Jefe de Oficina Nivel III. Oficina de Invest. Materiales. 1 Jefe de Oficina Nivel III. Dirección de Telecomunicaciones y Señalización. 1 Director. Departamento de Líneas y Cables. 1 Jefe Departamento Nivel II. Departamento de Equipo y Señalización. 1 Jefe Departamento Nivel n. Departamento Técnico. 1 Jefe de Departamento Nivel II. Departamento de Maquinaria Especializada. 1 Jefe Departamento Nivel H. Dirección de Vías Estructuras y Edificios. 1 Director. Departamento de Arquitectura. 1 Jefe de Departamento Nivel II. Departamento de Vías. 1 Jefe de Departamento Nivel II. Oficina de Mantenimiento. 1 Jefe de Oficina Nivel III. No. de cargos Denominación Oficina de Rehabilitación. 1 Jefe de Oficina Nivel III. Departamento Técnico. 1 Jefe de Departamento Nivel II. Oficina de Estudios y Proyectos. 1 Jefe de Oficina Nivel III. Oficina de Interventoría y Normas. 1 Jefe de Oficina Nivel III. Departamento de Estructuras y Edificios. 1 Jefe de Departamento Nivel II. DIVISION CENTRAL 1 Gerente División. 1 Abogado Asesor. Oficina de Propiedades No Industriales. 1 Jefe de Oficina Nivel I. Departamento Financiero. 1 Jefe Departamento Nivel I. Oficina de Materiales. Jefe de Oficina Nivel I. Departamento de Transportes. 1 Jefe de Departamento Nivel I. 1 Sub-Jefe de Transportes. Departamento de Personal y de RR. II. 1 Jefe de Departamento Nivel I. Oficina de Registro de Personal. 1 Jefe de Oficina Nivel I. Departamento Médico. 1 Médico Jefe. Departamento Talleres Mandes. 1 Jefe Departamento Nivel I. Talleres Rehabilitación Rieles Mariquita. 1 Jefe de Departamento Nivel I. Departamento Talleres Facatativá. 1 Jefe de Departamento Nivel I. Departamento Telecomunicaciones y Señalización. Jefe de Departamento Nivel I. Departamento de Vías. 1 Jefe Departamento Nivel I. DIVISION PACIFICO 1 Gerente División. 1 Abogado Asesor. Planta Inmunizadora Andalucía. 1 Ingeniero Jefe. Oficina de Propiedades No Industriales. 1 Jefe de Oficina Nivel I. Departamento Financiero. 1 Jefe de Departamento Nivel I. Departamento de Transportes. 1 Jefe de Departamento Nivel I. 1 Sub-Jefe de Transportes. Departamento de Personal y de RR. II. 1 Jefe de Departamento Nivel I. Departamento Médico. 1 Médico Jefe. Departamento Talleres Chipichape. 1 Jefe Departamento Nivel I. Departamento de Telecomunicaciones y Señalización. 1 Jefe de Departamento Nivel I. Departamento de Vías. Jefe de Departamento Nivel I. DIVISION SANTANDER 1 Gerente División. 1 Abogado Asesor. Planta Inmunizadora Carare. 1 Ingeniero Jefe. Departamento Financiero. 1 Jefe Departamento Nivel I. Departamento de Transportes. 1 Jefe Departamento Nivel I. Departamento de Personal y de RR. II. 1 Jefe Departamento Nivel I. No. de cargos Denominación Departamento Talleres Bucaramanga. 1 Jefe Departamento Nivel I. Departamento Telecomunicaciones. 1 Jefe Departamento Nivel I. Departamento de Vías. 1 Jefe de Departamento Nivel I. DIVISION MAGDALENA 1 Gerente División. 1 Abogado Asesor. Departamento de Transportes. 1 Jefe de Departamento Nivel I. 1 Sub-Jefe de Transportes. Departamento de Personal y de RR. II. 1 Jefe Departamento. Departamento Médico. 1 Médico Jefe. Departamento Talleres Santa Marta. 1 Jefe de Departamento Nivel I. Departamento de Telecomunicaciones y Señalización. 1 Jefe de Departamento Nivel I. Departamento dé Vías. 1 Jefe de Departamento Nivel I. DIVISION ANTIOQUIA 1 Gerente División. 1 Abogado Asesor. Departamento de Transportes. 1 Jefe de Departamento Nivel I. Departamento de Personal y de RR. II. 1 Jefe Departamento Nivel I. Departamento Médico. 1 Médico Jefe. Departamento de Talleres Bello. 1 Jefe Departamento Nivel I. Departamento de Telecomunicaciones y Señalización. 1 Jefe de Departamento Nivel I. Departamento de Vías. 1 Jefe de Departamento Nivel I.
Así mismo son empleados públicos aquellas personas que desempeñen los cargos de dirección o confianza que se llegaren a establecer mediante cualquier reestructuración de la planta de personal y que sustituyan los que por el presente Acuerdo se precisan como tales.
Artículo 2El Presente Acuerdo Requiere Para, Su Validez La Aprobación Del Gobierno Nacional
° El presente Acuerdo requiere para, su validez la aprobación del Gobierno Nacional.
Artículo 4
Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de su publicación.