DecretoDerogado
Decreto 105 de 1986
por el cual se establece la escala de remuneración de los empleos del Area Técnico-Científica del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, y se dictan otras disposiciones.
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º A Partir Del 1º De Enero De 1986, Establécese La Siguiente Escala De Remuneración Para Los Empleos Del Área Técnico-Científica Del Instituto Colombiano Agropecuario, Ica: Grado Asignacion Basica 01 $482º En La Escala De Remuneración Fijada En El Artículo Anterior, La Primera Columna Señala Los Grados De Remuneración Y La Segunda Indica La Asignación Básica Mensual Establecida Para Cada Uno De Los Grados3º Para Determinar La Remuneración De Los Funcionarios Designados En Empleos Correspondientes Al Área Técnico - Científica Se Evaluarán Sus Calidades De Estudios Y Experiencias Con Arreglo Al Procedimiento Que Se Establece A Continuación: A) Se Sumarán Los Puntos Que Resulten De Calificar Los Siguientes Factores: 14º En Ningún Caso La Remuneración Total De Los Empleados Públicos A Quienes Se Aplica El Presente Decreto, Podrá Exceder La Que Se Fija Para Los Ministros Y Jefes De Departamento Administrativo Por Concepto De Asignación Básica Y Gastos De Representación5º Sin Perjuicio De Las Normas Establecidas En El Presente Decreto, Y En El Decreto Extraordinario 1149 De 1978, Los Empleos Del Área Técnico - Científica Continuarán Rigiéndose Por Las Disposiciones Vigentes Para Los Funcionarios Del Instituto6º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial Los Decretos - Leyes 162 De 1984 Y 133 De 1985, Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Enero De 1986
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Belisario BetancurEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 01 de 1986
- Hugo Palacios MejiaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Roberto Mejia CaicedoEl Ministro de Agricultura
- Ericina Mendoza SaladenLa Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil