Artículo 1
Artículo único . Nómbrase al señor Luis Bernal Secretario del Tesoro i Crédito nacional, en interinidad. Dése cuenta de este nombramiento al Senado de Plenipotenciarios en sus próximas sesiones, para los efectos constitucionales. Comuníquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario de Hacienda i Fomento, encargado del Despacho de lo Interior i Relaciones Esteriores
J. Salgarencargado