en uso de las facultades legales que le confiere la Ley 45 de 1967, y CONSIDERANDO: Que en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento, para la vigencia en curso, figura una apropiación global de un millón de pesos ($ 1.000.000.) moneda legal, destinada a "Auxilio a Ferias y Exposiciones Agropecuarias"
Considerando · 2 motivos
Que en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento, para la vigencia en curso, figura una apropiación global de un millón de pesos ($ 1.000.000.) moneda legal, destinada a "Auxilio a Ferias y Exposiciones Agropecuarias";
Que de acuerdo con el artículo 8º de la Ley de presupuesto vigente, las apropiaciones deben distribuirse por créditos separados que requiere la firma del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, y la previa revisión de la Dirección Nacional del Presupuesto;
Artículo 1515Del Presupuesto Vigente De Gastos De Funcionamiento Del Ministerio De Agricultura, En La Siguiente Forma: Ordinal 1º Viii Feria-Exposición Agropecuaria De Sogamoso, Julio De 1968 50
Artículo primero. Distribúyese parcialmente la partida presupuestal "Auxilio a Ferias y Exposiciones Agropecuarias" que figura en el Capítulo 0120, artículo 1515 del presupuesto vigente de gastos de funcionamiento del Ministerio de Agricultura, en la siguiente forma: Ordinal 1º VIII Feria-Exposición Agropecuaria de Sogamoso, julio de 1968 50.000 Ordinal 2º IV Feria-Exposición Agropecuaria e Industrial, VI Equina y I Exposición Nacional de Ganado Pardo Suizo de Ibagué, junio 22 de 1968 50.000 Ordinal 3º Feria-Exposición Agropecuaria de Neiva, 10-18 de abril de 1968 50.000 Ordinal 4º Feria-Exposición Agropecuaria de Montería, 15 a 20 de junio de 1968 40.000 Ordinal 5º Feria-Exposición Agropecuaria de Popayán 5-10 de julio de 1968 25.000 Ordinal 6º Feria-Exposición Agropecuaria de Cúcuta, 15-23 de julio de 1968 40.000 Ordinal 7º Feria-Exposición Agropecuaria de Fundación, 10-15 de agosto de 1968 40.000 Ordinal 8º Feria-Exposición Agropecuaria de Villavicencio, 25-30 de junio de 1968 20.000 Ordinal 9º Feria-Exposición Agropecuaria de Fusagasugá, 20-30 de septiembre de 1968 5.000 Ordinal 10. Feria-Exposición Agropecuaria de Florencia, 14-7 de septiembre de 1968 20.000 Ordinal 11. Feria-Exposición Agropecuaria de Garzón, 15-20 de mayo de 1968 10.000 Ordinal 12. VI Feria Nacional de Especies Menores, XIII Exposición Agropecuaria e Industrial de Tuluá, 13-16 de junio de 1968 50.000 Ordinal 13. Feria-Exposición Agropecuaria de Valledupar. 1968 40.000 Ordinal 14. Feria-Exposición Agropecuaria de Sincelejo, 1968 40.000 Ordinal 15. Feria-Exposición Agropecuaria de Girardot, 1968 50.000 Ordinal 16. Feria-Exposición Agropecuaria de Rovira, mayo 30-31 y 1º, 2 y 3 de junio de 1968 5.000 Ordinal 17. Feria-Exposición Agropecuaria Nacional de Duitama, 25, 26 27 y 28 de julio de 1968 10.000 Total $ 545.000
Artículo 2
Artículo segundo. De las partidas anteriormente distribuidas, las respectivas Juntas Organizadoras de las mencionadas Ferias-Exposiciones Agropecuarias, deberán adquirir los trofeos necesarios, los cuales portarán la leyenda "Ministerio de Agricultura", y deberán dedicar uno a l mejor expositor agrícola y otro al mejor expositor pecuario, y los restantes a libre adjudicación a juicio de la Junta Organizadora o de los jueces del concurso, si los hubiere.
Artículo 3
Artículo tercero. El pago del auxilio de que trata el artículo primero de este Decreto, su manejo e inversión, y la rendición de las cuentas correspondientes a la Contraloría General de la República, se efectuará con arreglo a las normas administrativas y fiscales vigentes para esta clase de organizaciones.
Artículo 4
Artículo cuarto. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Comuníquese y publíquese.