Micelio

decreto 169 de 1992

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales consagradas en el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Nacional

Artículo 1Las Funciones Propias Del Ministerio De Comercio Exterior Serán Cumplidas Por La Planta De Personal Que A Continuación Se Establece: No

º Las funciones propias del Ministerio de Comercio Exterior serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece: No. de Cargos Denominación Y Dependencia Código Grado Despacho del Ministro 10 Asesor 1020 09 1 Profesional Especializado 3110 16 3 Secretario Bilingüe 5235 24 2 Secretario Ejecutivo 5040 17 1 Auxiliar Administrativo 5120 11 2 Conductor Mecánico 6010 09 1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 08 Oficina Jurídica. 1 Jefe de Oficina 2045 21 Oficina de Planeación Interna, Informática y Evaluación de Gestión. 1 Jefe de Oficina 2045 21 Oficina de Comunicaciones. 1 Jefe de Oficina 2045 21 Despacho del Viceministro. 3 Asesor 1020 09 1 Profesional Especializado 3010 16 1 Secretario Bilingüe 5235 23 1 Asistente Administrativo 4140 16 1 Secretario Ejecutivo 5040 17 1 Auxiliar Administrativo 5120 11 1 Conductor Mecánico 6010 09 Secretaría General. 1 Asesor 1020 08 División de Recursos Humanos. 1 Jefe de División 2040 19 División Administrativa. 1 Jefe de División 2040 19 División Financiera. 1 Jefe de División 2040 19 Dirección General de Programación Coordinación y Política de Comercio Exterior. 1 Director General de Ministerio 0100 16 1 Asesor 1020 08 Subdirección de Estudios de Economía Internacional 1 Subdirector de Ministerio 0150 11 1 Asesor 1020 06 Subdirección de Estudios Sectoriales. 1 Subdirector de Ministerio 0150 11 1 Asesor 1020 06 Dirección General para el Desarrollo del Intercambio 1 Director General de Ministerio 0100 16 1 Asesor 1020 08 Subdirección de Instrumentos de Promoción y Apoyo al Comercio Exterior. 1 Subdirector de Ministerio 0150 11 1 Asesor 1020 06 Subdirección de Comercio Exterior de Servicios y Tecnología. 1 Subdirector de Ministerio 0150 11 1 Asesor 1020 06 Dirección General de Negociaciones 1 Director General de Ministerio 0100 16 1 Asesor 1020 08 Subdirección de Relaciones de Integración y Organismos Multilaterales. 1 Subdirector de Ministerio 0150 11 5 Asesor 1020 06 Subdirección de Relaciones Bilaterales. 1 Subdirector de Ministerio 0150 11 5 Asesor 1020 06

Artículo 2Las Funciones Propias De Las Distintas Dependencias Del Ministerio De Comercio Exterior Serán Cumplidas Por La Planta De Personal Globalizada Que A Continuación Se Establece: No

º Las funciones propias de las distintas dependencias del Ministerio de Comercio Exterior serán cumplidas por la planta de personal globalizada que a continuación se establece: No. de Cargos Denominación Código Grado 38 Profesional Especializado 3010 16 20 Profesional Especializado 3010 15 12 Profesional Especializado 3010 14 4 Profesional Especializado 3010 13 4 Profesional Especializado 3010 10 5 Profesional Universitario 3020 08 5 Técnico Administrativo 4065 11 1 Analista de Sistemas 4005 15 1 Operador Equipo de Sistemas 4100 09 7 Secretario Bilingüe 5235 23 10 Secretario Ejecutivo 5040 17 14 Secretario Ejecutivo 5040 15 8 Auxiliar Administrativo 5120 11 13 Conductor Mecánico 6010 09 3 Auxiliar de Servicios Generales 6035 08

Artículo 3El Ministro De Comercio Exterior, Mediante Resolución Distribuirá Los Cargos A Que Se Refiere El Artículo 2º Del Presente Decreto De Acuerdo Con La Estructura Orgánica Y Las Necesidades Del Servicio, Conforme A Lo Dispuesto En El Artículo 46 Del Decreto-Ley 2350 De 1991

º El Ministro de Comercio Exterior, mediante resolución distribuirá los cargos a que se refiere el artículo 2º del presente Decreto de acuerdo con la estructura orgánica y las necesidades del servicio, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 del Decreto-ley 2350 de 1991.

Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 28 de enero de 1992. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodriguez . El Ministro de Comercio Exterior, Juan Manuel Santos Calderon . El Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Carlos Humberto Isaza Rodriguez .

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia en ejercicio de las facultades constitucionales consagradas en el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Nacional
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Comercio Exterior
El Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil