en uso de las facultades que le confiere la Ley 93 de 1948
Artículo 1A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto, Suprímese El Siguiente Personal Del Fijado Para La Policía Nacional, Por Decreto 3036 De 1949: 1 Subcomisario $ 350
° A partir de la vigencia del presente Decreto, suprímese el siguiente personal del fijado para la Policía Nacional, por Decreto 3036 de 1949: 1 Subcomisario $ 350.00 1 Comisario a prueba 280.00 1 Subinspector 220.00 1 Adjunto de Nóminas de la Caja General 220.00
Artículo 2A Partir De La Misma Fecha, Créanse Los Siguientes Cargos En La Sección Vi Del Departamento De Servicios Administrativos, Con Las Asignaciones Mensuales Que Se Expresan: 1 Cajero Auxiliar $ 400 00 1 Contador 2° 350
° A partir de la misma fecha, créanse los siguientes cargos en la Sección VI del Departamento de Servicios Administrativos, con las asignaciones mensuales que se expresan: 1 Cajero Auxiliar $ 400 00 1 Contador 2° 350.00 1 Oficial de Nóminas 280.00
Artículo 3Acláranse Los Artículos 5° Y 6° Del Decreto 3036 De 1949, En El Sentido De Que El Jefe De Personal Y El Director General De Los Servicios, Son Del Grado De Comandante Y No De Subcomandante, Como Allí Se Dice
° Acláranse los artículos 5° y 6° del Decreto 3036 de 1949, en el sentido de que el Jefe de Personal y el Director General de los Servicios, son del grado de Comandante y no de Subcomandante, como allí se dice.
Artículo 4Este Decreto Rige Desde Su Fecha
° Este Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y cúmplase.