El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Artículo 1
Artículo único. Créase el cargo de Capellán del Ferrocarril Nacederos-Armenia, con la asignación mensual de doscientos cincuenta pesos ($ 250), y nómbrase para desempeñarlo al presbítero doctor Vicente Conde. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas