Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Gobierno Policía Nacional
º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE GOBIERNO Policía Nacional. Capítulo 19. Del artículo 174. Pura sueldos del personal de la Policía Nacional y sus dependencias, en el año $ 150.000.00 Capítulo 19. Al artículo 197-A. Para la compra de un equipo de gases para el servicio de la Policía Nacional 150.000.00
Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha
º El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno