Artículo 1
Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:
MINISTERIO. DE JUSTICIA
CAPITULO 082
Cuerpo Auxiliar de la Rama Jurisdiccional-.
Consejo Superior de Judicatura
Artículo 0844Para Sueldos Del Personal De Los Juzgados Superiores De Policía, Juzgados De Instrucción Criminal De La Capital De La República Y De Fuera, Juzgados Permanentes Y Juzgados De Policía, En El Año $ 106
Artículo primero . Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO. DE JUSTICIA CAPITULO 082 -Cuerpo Auxiliar de la Rama Jurisdiccional-. 001. Del artículo 0844. Para sueldos del personal de los Juzgados Superiores de Policía, Juzgados de Instrucción Criminal de la capital de la República y de fuera, Juzgados Permanentes y Juzgados de Policía, en el año $ 106.129. 36 001. Del artículo 0845. Para sueldos del personal de los Juzgados de Prevención de Casanare, Arauca y de El Bordo, en el año 1.910 50 Suman los contracréditos $ 108.040 16 CAPITULO 074 Consejo Superior de Judicatura 001. Al artículo 0743. Para sueldos del personal del Consejo Superior de Judicatura. en el año $ 89.706 00 003. Al artículo 0750. Para viáticos y gastos de transporte del personal del Consejo Superior de Judicatura y sus dependencias, cuando viaje en comisiones oficiales, en la presente vigencia y anteriores. 18.334 16 Suman los créditos $ 108.040 16
Artículo 2
Artículo segundo . El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y cúmplase.