Micelio

decreto 737 de 1940

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, decreta: Artículo único. Aprébase el siguiente Decreto: "DECRETO NUMERO 12 DE 1940 (abril 2) por el cual se hace un traslado den el Presupuesto de gastos de la vigencia en curso. El comisario Especial de la Guaijira, en uso de sus atribuciones legales

Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos De La Actual Vigencia: Del Capítulo V, Artículo 16 $ 300

Artículo único. Aprébase el siguiente Decreto: "DECRETO NUMERO 12 DE 1940 (abril 2) por el cual se hace un traslado den el Presupuesto de gastos de la vigencia en curso. El comisario Especial de la Guaijira, en uso de sus atribuciones legales, DECRETA: Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el presupuesto de gastos de la actual vigencia: Del capítulo V, artículo 16 $ 300.00 Del capítulo V, artículo 24 300.00 $ 600.00 Al capítulo V, artículo 24 bis (nuevo). Para legalizar la compra de un automóvil de segunda mano para uso de la Comisaria. 600.00 Totales $ 600.00 600.00 Sométase el presente Decreto a la consideración del Ejecutivo Nacional, y si fuere aprobado, cumplase. Dado en Uribia a 2 de abril de 1940 El Comisario Especial, Alejandro Restrepo J. Por el Secretario General, J Vanegas Narváez, Oficial Mayor."

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno