en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el artículo 146 de la Ley 1448 de 2011 creó el Centro de Memoria Histórica como un establecimiento público, del orden nacional, adscrito al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. Que mediante el Decreto 4803 de 2011 se estableció la estructura del Centro de Memoria Histórica. Que se presentó a
Considerando · 4 motivos
Que el artículo 146 de la Ley 1448 de 2011 creó el Centro de Memoria Histórica como un establecimiento público, del orden nacional, adscrito al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Que mediante el Decreto 4803 de 2011 se estableció la estructura del Centro de Memoria Histórica.
Que se presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95, 96 y 97 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de establecer su planta de personal, encontrándolo ajustado técnicamente y emitiendo, en consecuencia, concepto técnico favorable.
Que para los fines de este decreto la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto favorable;
Artículo 1Las Funciones Propias Del Centro De Memoria Histórica Serán Cumplidas Por La Planta De Personal Que Se Establece A Continuación: N° De Cargos Denominación Del Cargo Código Grado Despacho Del Director 1 (Uno) Director De Centro 0015 28 5 (Cinco) Asesor 1020 18 1 (Uno) Profesional Universitario 2044 11 1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 17 1 (Uno) Secretario Bilingüe 4182 26 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 4044 22 1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 20 Planta Global 4 (Cuatro) Director Técnico 0100 24 1 (Uno) Director Administrativo Y Financiero 0100 24 1 (Uno) Jefe Oficina Asesora De Jurídica 1045 16 34 (Treinta Y Cuatro) Profesional Especializado 2028 23 7 (Siete) Profesional Universitario 2044 11 7 (Siete) Técnico Administrativo 3124 17 6 (Seis) Auxiliar Administrativo 4044 22
°. Las funciones propias del Centro de Memoria Histórica serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación: N° de cargos Denominación del cargo Código Grado Despacho del Director 1 (Uno) Director de Centro 0015 28 5 (Cinco) Asesor 1020 18 1 (Uno) Profesional Universitario 2044 11 1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 17 1 (Uno) Secretario Bilingüe 4182 26 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 4044 22 1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 20 Planta Global 4 (Cuatro) Director Técnico 0100 24 1 (Uno) Director Administrativo y Financiero 0100 24 1 (Uno) Jefe Oficina Asesora de Jurídica 1045 16 34 (Treinta y cuatro) Profesional Especializado 2028 23 7 (Siete) Profesional Universitario 2044 11 7 (Siete) Técnico Administrativo 3124 17 6 (Seis) Auxiliar Administrativo 4044 22
Artículo 2Provisión De Los Cargos Vacantes
°. Provisión de los cargos vacantes. Los cargos vacantes de la planta de personal del Centro de Memoria Histórica se proveerán de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004, sus decretos reglamentarios y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan.
Artículo 3Distribución De La Planta De Personal Global
°. Distribución de la planta de personal global . El Director del Centro de Memoria Histórica distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo segundo del presente decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas del Centro de Memoria Histórica.
Artículo 4Vigencia
°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.