en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que en desarrollo de las facultades otorgadas por la Ley 1444 de 2011 se creó la Unidad Administrativa Especial para la Superación de la Pobreza. Que en el Decreto de creación de la Agencia Nacional para la Superación de la Pobreza Extrema, se dispuso que el Gobierno Nacional adoptará la planta de personal de la Unidad
Considerando · 4 motivos
Que en desarrollo de las facultades otorgadas por la Ley 1444 de 2011 se creó la Unidad Administrativa Especial para la Superación de la Pobreza.
Que en el Decreto de creación de la Agencia Nacional para la Superación de la Pobreza Extrema, se dispuso que el Gobierno Nacional adoptará la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial para la Superación de la Pobreza, de conformidad con la estructura prevista en el mismo.
Que se presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95, 96 y 97 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de establecer su planta de personal, encontrándolo ajustado técnicamente y emitiendo, en consecuencia, concepto técnico favorable.
Que para los fines de este Decreto la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto favorable.
Artículo 1Las Funciones Propias De La Agencia Nacional Para La Superación De La Pobreza Extrema, Serán Atendidas Por La Planta De Personal Que Se Crea A Continuación: N° De Cargos Dependencia Y Denominación Del Cargo Código Grado 1 (Uno) Director General De Unidad Administrativa Especial 0015 25 3 (Tres) Asesor 1020 17 4 (Cuatro) Asesor 1020 16 1 (Uno) Asesor 1020 6 1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 18 1 (Uno) Secretario Bilingüe 4182 25 1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 18 Planta Global 1 (Uno) Secretario General De Unidad Administrativa Especial 0037 24 4 (Cuatro) Director Técnico 0100 24 1 (Uno) Jefe Oficina 0137 22 1 (Uno) Jefe Oficina Asesora 1045 16 18 (Dieciocho) Profesional Especializado 2028 24 3 (Tres) Profesional Especializado 2028 23 35 (Treinta Y Cinco) Profesional Especializado 2028 22 52 (Cincuenta Y Dos) Profesional Especializado 2028 20 24 (Veinticuatro) Profesional Especializado 2028 18 11 (Once) Profesional Especializado 2028 16 9 (Nueve) Profesional Especializado 2028 12 3 (Tres) Profesional Universitario 2044 11 5 (Cinco) Profesional Universitario 2044 10 16 (Dieciséis) Técnico Administrativo 3124 16 7 (Siete) Auxiliar Administrativo 4044 21 6 (Seis) Secretario Ejecutivo 4210 21
°. Las funciones propias de la Agencia Nacional para la Superación de la Pobreza Extrema, serán atendidas por la planta de personal que se crea a continuación: N° de cargos Dependencia y denominación del cargo Código Grado 1 (Uno) Director General de Unidad Administrativa Especial 0015 25 3 (Tres) Asesor 1020 17 4 (Cuatro) Asesor 1020 16 1 (Uno) Asesor 1020 6 1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 18 1 (Uno) Secretario Bilingüe 4182 25 1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 18 Planta Global 1 (Uno) Secretario General de Unidad Administrativa Especial 0037 24 4 (Cuatro) Director Técnico 0100 24 1 (Uno) Jefe Oficina 0137 22 1 (Uno) Jefe Oficina Asesora 1045 16 18 (Dieciocho) Profesional Especializado 2028 24 3 (Tres) Profesional Especializado 2028 23 35 (Treinta y Cinco) Profesional Especializado 2028 22 52 (Cincuenta y dos) Profesional Especializado 2028 20 24 (Veinticuatro) Profesional Especializado 2028 18 11 (Once) Profesional Especializado 2028 16 9 (Nueve) Profesional Especializado 2028 12 3 (Tres) Profesional Universitario 2044 11 5 (Cinco) Profesional Universitario 2044 10 16 (Dieciséis) Técnico Administrativo 3124 16 7 (Siete) Auxiliar Administrativo 4044 21 6 (Seis) Secretario Ejecutivo 4210 21
Artículo 2Distribución De La Planta De Personal Global
°. Distribución de la planta de personal global. El Director General de la Agencia Nacional para la Superación de la Pobreza Extrema distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 1° del presente decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas de la Unidad Administrativa Especial.
El servidor que actualmente desempeñe el cargo de Director General, mientras permanezca en el ejercicio del empleo, en materia salarial y prestacional se regirá por lo señalado en el Decreto 4793 de 2011.
Artículo 3Provisión De La Planta De Personal
°. Provisión de la planta de personal. Los cargos de la planta de personal de la Agencia Nacional para la Superación de la Pobreza Extrema, se proveerán de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004, sus decretos reglamentarios y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan.
Artículo 4Los Empleos Vacantes De Las Plantas De Personal De La Agencia Nacional De Pobreza Extrema Serán Provistos De Conformidad Con Las Disposiciones Vigentes Sobre La Materia, En Particular Las Previstas En La Ley 909 De 2004 Y El Decreto 1227 De 2005 Y Demás Normas Que Las Adicionen, Modifiquen O Sustituyan
°. Los empleos vacantes de las plantas de personal de la Agencia Nacional de Pobreza Extrema serán provistos de conformidad con las disposiciones vigentes sobre la materia, en particular las previstas en la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1227 de 2005 y demás normas que las adicionen, modifiquen o sustituyan.
Artículo 5Vigencia
°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 4163 de 2011.