Micelio

decreto 1715 de 1969

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Artículo 1Los Profesores Escalafonados De Enseñanza Media Y Normalista Que Desempeñen Cargo De Director O Prefecto De Disciplina De Planteles Nacionales, En Municipios De Más De 150

º Los profesores escalafonados de enseñanza media y normalista que desempeñen cargo de Director o prefecto de disciplina de planteles nacionales, en municipios de más de 150.000 habitantes, también tendrán derecho a la primaria establecida por el artículo 2º del Decreto 2689 de 1968.

Parágrafo

Si los cargos de director o prefecto de disciplina están desempeñados por personal no escalafonado tendrá derecho a la prima que fija el artículo 2º del Decreto 2689 para el personal sin categoría en el escalafón.

Artículo 2Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Produce Los Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Octubre De 1969

º este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y produce los efectos fiscales a partir del 1º de octubre de 1969. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales
Presidente de la República